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¿Cómo se va a examinar la calidad de las aguas sin hacer verificación en campo?

Congresistas piden a Minambiente reversar decisión de adelantar trámites ambientales críticos de manera virtual

A través de una circular externa, esa cartera flexibilizó la expedición de licencias y el seguimiento a permisos.

La disposición del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible está soportada en la Declaratoria de Emergencia Social, Económica y Ecológica expedida por el gobierno nacional, con ocasión de la pandemia, y de lo expuesto en el Decreto 491 de 2020 a través del cual se impartieron instrucciones para garantizar la atención y prestación de los servicios por parte de las autoridades públicas.

A la par con este decreto, el ministro de Ambiente, Ricardo José Lozano expidió la Circular Externa MIN-8000-241335 mediante la cual se ajustan los trámites administrativos a cargo de las autoridades ambientales, y la atención de peticiones, quejas, reclamos, denuncias y solicitudes de información relacionadas con políticas y aplicación de la normatividad ambiental.

Los trámites administrativos están relacionados con adopción y ajuste de los permisos, concesiones, autorizaciones, licencias ambientales, certificaciones y salvoconductos, y demás instrumentos de control ambiental que estén a cargo de las Corporaciones Autónomas, la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA) y las entidades adscritas al Ministerio de Ambiente. Algunos de ellos pueden adelantarse vía recursos web y es precisamente allí donde varios parlamentarios de la oposición hicieron reparos al ministro Lozano.

En la comunicación le formulan reproches sobre tres aspectos básicos: trámites ambientales en curso, nuevas solicitudes de trámites ambientales, y control y seguimiento ambiental.

Sobre el primero, trámites ambientales en curso, la directiva del Ministerio señala que cuando se haya realizado visita técnica se continuará con el trámite usando medios virtuales, aunque en la Circular de la cartera de ambiente se aclara que si la inspección en terreno no se ha realizado, el proceso quedará suspendido hasta tanto se levante la cuarentena obligatoria.

En el caso de solicitudes de modificación o cesión “los trámites respectivos deberán continuar en el estado en que se encuentran a través de los medios dispuestos para ello, siempre que no sea necesaria la práctica de visita técnica”.

Nuevas solicitudes de trámites ambientales

Los parlamentarios firmantes de la comunicación advierten que cuando se trate de nuevos trámites ambientales no se puede desestimar la realización de las visitas pertinentes, insisten en que debe prevalecer un concepto real a partir del reconocimiento y la validación de la información en campo.

Esta observación se plantea para controvertir el libre albedrío que el Ministerio de Ambiente les da a las corporaciones autónomas regionales y a al Anla cuando en la Circular Externa instruye sobre las etapas de trámite, y particularmente al señalar que “si la solicitud cumple con los requisitos y la documentación requerida (que el solicitante debería haber enviado previamente por los medios digitales propuestos), se procederá a emitir el respectivo acto administrativo y evaluar si el trámite  puede continuarse sin necesidad de realizar visita técnica”.

En cuanto al control y seguimiento a permisos, autorizaciones, concesiones y licencias ambientales, y demás instrumentos de control ambiental, el Ministerio dispuso, dada la coyuntura, que las labores de control por parte de las autoridades se realizará “bajo modalidad documental siempre que los funcionarios o contratistas encargados de realizarla cuenten con la información digital correspondiente”.

Ante la posibilidad de adelantar este tipo de gestión de manera remota, sin que haya lugar a la realización de visitas de campo de control y verificación, – señalan los congresistas – se aumenta el riesgo de daño y alteración de los recursos naturales pues no habría un conocimiento detallado de las acciones en terreno y de los posibles daños acumulativos por la falta de seguimiento y control.

Algunas preguntas concretas formularon los dirigentes políticos:

¿Cómo esta cartera ministerial presume que la flexibilización de los trámites acotando a herramientas virtuales va a funcionar sin ir en detrimento del debido proceso?

¿Cómo se va a examinar la calidad de las aguas sin hacer verificación en campo?

¿Cómo es posible determinar incumplimientos e impactos acumulativos mediante herramientas virtuales?

“Es necesario que para evitar daños mayores como el vicio de futuros trámites ambientales y el menoscabo de derechos constitucionales se retire del ordenamiento la circular objeto de estudio”, concluyen los firmantes de la carta dirigida al ministro Ricardo José Lozano, entre ellos los senadores Angélica Lozano Correa, Jorge Eduardo Londoño, Gustavo Bolívar, Feliciano Valencia, Alberto Castilla, Antonio Sanguino, Pablo Catatumbo, Iván Marulanda, Wilson Arias e Iván Cepeda; y los representantes a la Cámara Jairo Cala y María José Pizarro.   

 

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