La ANLA le pidió a la comunidad de San luis de Gaceno presentar evidencias del incumplimiento ambiental de Nikoil Energy.

Gobernador (E) de Boyacá pide suspender licencia ambiental a petrolera Nikoil Energy

Cuestionó a la ANLA por pedirle a la comunidad evidencias del incumplimiento ambiental de la empresa.

Fabio Medrano, secretario de Medio Ambiente de Boyacá y gobernador encargado del departamento, le formuló tres solicitudes a la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA) a propósito de las filtraciones de hidrocarburo y gas en las veredas Horizontes y Caño Grande de ese municipio del suroriente:

– La primera: realizar una audiencia pública ambiental para escuchar a la comunidad afectada por la emanación sin control de las sustancias asociadas a la actividad petrolera.

– La segunda: que se ordene una visita a las veredas afectadas por los afloramientos.

– La tercera: imponer una medida preventiva de suspensión de la licencia ambiental a la petrolera Nikoil Energy Corp. Suc. Colombia.

La petición de Medrano está soportada en los reiterados incumplimientos de la petrolera para acatar las instrucciones de la autoridad ambiental relacionadas con la identificación y el monitoreo de los afloramientos.

En un documento radicado en la oficina del director general de la ANLA, Rodrigo Negrette Montes, el gobernador encargado citó como soportes de su petición el Auto 011552 de diciembre de 2023 a través del cual dicha entidad fija las directrices para implementar el seguimiento a los afloramientos de gas y líquidos en el área rural de San Luis de Gaceno, y se dan disposiciones para el desarrollo de estudios que identifiquen las características de los mismos.

También se remitió al Auto No 12218 del 24 de diciembre de 2020 en el que se establecieron infracciones de carácter ambiental de Nikoil Energy por incumplir los requerimientos de la entidad asociados a los siguientes hechos:

– No presentar, dentro del término establecido para ello, los soportes de la implementación de la red de monitoreo de aguas superficiales.

– No realizar ni presentar los soportes, dentro del término establecido para ello, que den cuenta de la perforación manual solicitada que permitiera establecer con certeza la secuencia estratigráfica en el sitio de afloramiento de la sustancia aceitosa emanada, así como un estudio hidrogeológico de la zona que permitiera establecer la procedencia de la filtración del hidrocarburo existente en las coordenadas E1104424 – N1014645 de la vereda Horizontes.

– No entregar, dentro del término establecido para ello, los soportes que permitan verificar la vigilancia semanal implementada en el sitio del afloramiento de hidrocarburos localizado en las coordenadas E1104424 – N1014645, con miras a mantener monitoreadas las condiciones ambientales físicas y bióticas y poder tomar las medidas de control a que haya lugar en caso de una perturbación de la situación actual, hasta darle una solución apropiada a este evento.

– No presentar oportunamente la actualización del Plan de Contingencias, en cumplimiento del Decreto 321 de 1999 (Plan Nacional de Contingencias contra Derrames de Hidrocarburos y Sustancias Nocivas, y otras normas vinculadas, incluyendo lo relacionado con el afloramiento del hidrocarburo ubicado en las coordenadas E1104424 – N1014645.

– No presentar dentro del término establecido para ello, la totalidad de la documentación referida al Plan de Inversión de no menos el 1%, en lo referente a la implementación de la línea de inversión aprobada para la compra de predios con cargo a pozo Lengupá 1.

También le puede interesar: Crónica de la desidia estatal.

En 2022, a través de la Resolución No 03118 del 30 de diciembre, la misma ANLA definió la responsabilidad de Nikoil Energy Corp. en los cargos anteriormente señalados “debido a que la empresa no logró desvirtuar de manera técnica, ni jurídica, las situaciones fácticas sobre las cuales se le encontró responsable”.

En opinión del representante de la Gobernación de Boyacá estos hechos demuestran la afectación y la vulneración permanente de derechos fundamentales y colectivos de las comunidades de Boyacá, Casanare y Cundinamarca, dada la extensión del proyecto petrolero, y la urgente necesidad de avanzar en acciones como la programación de la audiencia pública ambiental para escuchar a los pobladores afectados.

Fabio Medrano, en su calidad de Secretario de Ambiente y Gobernador (E) de Boyacá, así como el asesor jurídico de la dependencia, Julio César González, estiman que la decisión de la ANLA de negar el pasado 26 de enero la solicitud de audiencia pública formulada por la veeduría ambiental contradice lo determinado en ese sentido en el artículo 79 de la Constitución Política de Colombia. Este prescribe lo siguiente: “Todas las personas tienen derecho a gozar de un ambiente sano. La ley garantizará la participación de la comunidad en las decisiones que puedan afectarlo”.

En la comunicación remitirá al director de la ANLA, Medrano y González se refieren además a un concepto de la Corte Constitucional, afín con los procedimientos de participación ciudadana, en el cual se subraya que “cualquier persona, sin necesidad de demostrar interés jurídico alguno, pueda intervenir en las actuaciones administrativas relacionadas con permisos o licencias ambientales”.

La petición firmada por Fabio Medrano se hace vehemente cuando considera que con la negativa de la ANLA para autorizar la audiencia pública ambiental se desestimaron los reclamos de los campesinos y a renglón seguido cuestiona el hecho de que la autoridad le pida a la comunidad demostrar los incumplimientos a la licencia ambiental, “endilgando una responsabilidad técnica y financiera, que es desproporcional a las capacidades de la misma comunidad respecto a la empresa”.

Tanto la Gobernación como los habitantes de las veredas Horizontes y Caño Grande esperan que la ANLA ceda a sus pretensiones: que se autorice la audiencia pública ambiental y se ordene la suspensión de la licencia ambiental a la petrolera Nikoil Energy.

Desde la veeduría se ha insistido en la magnitud del conflicto generado por la plataforma petrolera situada en la vereda  Horizontes y su efecto sobre sus vecinas Caño Grande, Río Chiquito, Guamal, Guamalito, Monumento, La Mesa del Guavio, San Carlos y Puerto Rico. 

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