La determinación del alto tribunal, con fecha del 9 de agosto de 2018, establece que a partir de este fallo el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible asumirá como representante legal del páramo y tendrá que defender sus intereses ante la Agencia Nacional de Minería (ANM).
Sobre el proceso de delimitación que venía adelantando la cartera de Ambiente y que fue aplazado por un fallo de tutela del Juzgado Segundo Administrativo Oral de Duitama, el Tribunal le ordena al Ministerio emprender un proceso participativo en el que intervengan todos quienes puedan tener intereses en esta zona considerada clave para la recarga hídrica tanto de la cuenca del río Chicamocha como de la Orinoquia.
Aquí apartes del fallo:
La jueza Inés Núñez Cruz, en su decisión del 29 de junio pasado, había protegido así los derechos fundamentales al debido proceso, al trabajo y a la libertad de escoger profesión u oficio reclamados por los empleados de la empresa CI Bulk Trading Sur América Ltda.
En ese sentido, el Tribunal Administrativo de Boyacá respaldó el pronunciamiento de la jueza y fijó un año de plazo para que el Ministerio de Ambiente emita la resolución de delimitación del páramo e insistió en que este procedimiento debe estar avalado por un ejercicio amplio, participativo, eficaz y deliberativo.
Como se lee a continuación, el Tribunal asigna obligaciones adicionales:
Respecto a la actuación de las corporaciones autónomas Corpoboyacá y Corporinoquia, el Tribunal les advierte “no podrán autorizar nuevos planes de manejo ambiental que tengan por objeto servir de requisito a la obtención de un título minero en las zonas que sean delimitadas como páramo”.
Además de insistir en la obligatoriedad de tener en cuenta a las comunidades que han convivido con el páramo para continuar con la delimitación, el fallo del Tribunal Administrativo de Boyacá establece que tanto el Ministerio como la Gobernación de Boyacá y las alcaldías con influencia en el páramo de Pisba deberán compensar a las personas afectadas con esta decisión, “atendiendo las medidas consideradas por la Corte Constitucional o las que resulten proporcionales a la afectación”.
El Tribunal dispone igualmente que a partir de la notificación del fallo, el Ministerio deberá diseñar un cronograma de las actividades que aseguren el derecho fundamental a la participación ciudadana.
En materia de protección de los recursos naturales se expuso además que en beneficio del páramo de Pisba se aplicará el Convenio de Diversidad Biológica de las Naciones Unidas, “un tratado internacional jurídicamente vinculante con tres objetivos principales: la conservación de la diversidad biológica, la utilización sostenible de sus componentes y la participación justa y equitativa en los beneficios que se deriven de la utilización de los recursos genéticos. Su objetivo general es promover medidas que conduzcan a un futuro sostenible”.