Foto: entreojos.co
Una de las fuentes de contaminación del lago de Tota son las aguas residuales de Aquitania.

Procuraduría pide suspensión inmediata de suministro de agua desde el Lago de Tota por presencia de plomo

A través de tutela, el ministerio público advierte que están el riesgo los derechos a la vida, a la salud, a un ambiente sano y al agua potable. 

A partir de un informe presentado el 4 de noviembre por la Fiscalía Cuarta Seccional de Tunja, como resultado de una labor pericial, en el marco de una investigación penal, se realizaron pruebas de laboratorio de varias muestras extraídas de agua del lago de Tota de las que “se estableció el hallazgo de parámetros de plomo que superan por encima de noventa y cinco (95) veces los límites de tolerancia conforme a la Resolución 3382 de 2015 para aguas superficiales, colocando en riesgo la salud humana para factores de toxicidad. Esta situación es detectada en proximidades de la empresa ACUATRUCHA en el municipio de Aquitania”.

En el texto de la tutela presentada por el procurador delegado para Asuntos Ambientales y Agrarios, Diego Trujillo Marín; y la procuradora 32 Judicial I Agraria y Ambiental de Boyacá, Alicia López Alfonso, ante los juzgados del Circuito de Tunja, se advierte lo siguiente: 

“El plomo es un metal pesado que se absorbe principalmente por inhalación o vía gastrointestinal, el cual es llevado al torrente sanguíneo uniéndose a los glóbulos rojos, donde tiene una vida media de 30 días aproximadamente y luego se distribuye por lo tejidos y se acumula en los huesos donde la vida media aumenta de 20 a 30 años, por ello, su absorción y depósito afectan órganos y sistemas, incluso años después de haberse retirado la exposición y ante su presencia por periodos prolongados genera daños irreversibles en el sistema nervioso, renal, hematológicos, disfunción cardiovascular e hipoxia y a nivel neurológico se generan encefalopatías, entre otros”. 

Ante la contundencia de los hechos advertidos por la Fiscalía Cuarta Seccional de Tunja, los procuradores Trujillo Marín y López Alfonso solicitaron a los juzgados del circuito de Tunja tutelar los derechos fundamentales a la vida, a la salud, a un ambiente sano y al agua potable de los habitantes de Sogamoso, Aquitania, Tota, Cuítiva, Firavitoba, Iza y Nobsa. 

La Procuraduría le pide a los jueces que en el término improrrogable que se establezca desde esos despachos, se “suspenda el suministro de agua para consumo humano que se derive de la fuente abastecedora Lago de Tota, hasta tanto desaparezca la fuente generadora de plomo (Pb), activándose para el efecto los planes de contingencia establecidos por los municipios y/o las empresas prestadoras de servicio de acueducto, acción que debe ser apoyada por Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, Gobernación de Boyacá y Corpoboyacá”. 

Desde el ministerio público también se les pide a los jueces ordenar a las entidades tuteladas adelantar todas las pruebas técnicas tendientes a establecer cuál es la fuente generadora que conlleva a la contaminación del Lago de Tota con plomo (Pb), a efecto de adoptar los correctivos necesarios.

Se solicita así mismo ordenar a Corpoboyacá determinar cuál es la fuente generadora de plomo (Pb) que contamina el ecosistema lagunar e imponer “de manera inmediata las medidas preventivas previstas en la Ley 1333 de 2009, dando trámite a los procesos sancionatorios ambientales y corriendo traslado a la Fiscalía General de la Nación para que se investigue los ilícitos en contra de los recursos naturales”. 

Al Instituto Colombiano Agropecuario (ICA) lo requiere para presentar un “informe que contenga una caracterización agroquímica de la gallinaza cruda incluyendo análisis de metales pesados como el plomo (Pb), así cono relacionar los fertilizantes, plaguicidas o herbicidas que podrían aportar plomo (Pb) a la fuente hídrica por escorrentía”.

A la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios le pide “adelantar una vigilancia especial sobre los prestadores del servicio de acueducto de los municipios de Sogamoso, Aquitania, Tota, Cuítiva, Firavitoba, Iza y Nobsa para que estos implementen medidas y procesos que conlleven a la remoción del plomo en sus sistemas de tratamiento de agua potable”.

Las entidades contra las cuales se interpone la acción de tutela son: Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, Ministerio de Agricultura, Ministerio de Salud, Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (Invima), Instituto Colombiano Agropecuario (ICA), Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, Gobernación de Boyacá, Corpoboyacá y los municipios de Nobsa, Sogamoso, Iza, Firavitoba, Cuítiva, Tota y Aquitania.

El texto completo de la tutela presentada por la Procuraduría Delegada para Asuntos Ambientales se puede consultar aquí.

 

 

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