helicóptero
Ocensa utiliza helicópteros para movilizar personal y equipos al interior de la Serranía de las Quinchas. Foto: archivo particular.

“Sobrevuelo de helicópteros impacta a las aves de la Serranía de las Quinchas”

Así lo reiteró la comunidad ante Juzgado de Bogotá que aceptó acción popular en contra de Ocensa.

El Juzgado 50 Civil del Circuito de la capital del país admitió una acción popular a través de la cual se pide a la justicia prohibir a la empresa Oleoducto Central S.A. “utilizar trasporte helicoportado en el Parque Natural Regional Serranía de las Quinchas” con el argumento de que el sobrevuelo y aterrizaje de las aeronaves lesiona gravemente a las aves y afecta los intereses económicos de la comunidad que hace 30 años ha prestado el servicio de transporte mular para movilizar carga y personal de las empresas extractivas. 

Sobre el impacto a la naturaleza, los autores de la acción popular aseguran que “el sobrevuelo, aterrizaje y despegue en el corazón de un parque natural, constituye un ejercicio de transporte industrial supremamente invasivo que está acabando con la tranquilidad que necesita la frágil biodiversidad que existe en ese ecosistema”. 

En el documento a través del cual el Juzgado admitió el recurso presentado por un grupo de habitantes de la zona, se indica además que, de acuerdo con el argumento de los demandantes, el uso de helicópteros reduce las opciones de ingresos económicos de las familias del sector, situación que las llevaría a recurrir a la tala de árboles, a la caza de animales de la fauna silvestre y a la minería “como único medio de supervivencia”. 

En la acción popular se le pide a la justicia proteger “los derechos colectivos y fundamentales al goce de un ambiente sano en conexión con la vida, a la justicia ambiental, a la participación efectiva, a la igualdad, al trabajo y al mínimo vital de quienes habitan el Parque Natural Regional Serranía de las Quinchas”, consideran que estos han sido “desconocidos y vulnerados por la empresa Oleoducto Central S.A.”. 

Los demandantes Sandra Patricia Rodríguez, Luz Adriana Pava Ruiz, Disney Geovany Sotelo, Fermín Manrique, Teresa Manrique Sotelo, Luis Enrique Marín Sotelo y Camilo Altamar Giraldo solicitan al Juzgado 50 Civil del Circuito de Bogotá, como garantía para la protección de sus derechos, que se le prohíba a la empresa operadora del Oleoducto Central utilizar trasporte helicoportado en el Parque Regional Serranía de las Quinchas “mientras existan las condiciones en que la comunidad pueda proveer un servicio de transporte que garantice los objetivos de conservación del parque y el desarrollo sostenible de la región”. 

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