La Ley colombiana permite la agricultura de bajo impacto en zonas de alta montaña.

La nueva frontera agrícola: entre la justicia campesina y las dudas ambientales

Minagricultura modificó resolución que limitaba la producción agropecuaria en zonas de páramo.

En las laderas frías de los páramos boyacenses, donde las huertas de papa, cebolla y hortalizas se mezclan con frailejones y nacimientos de agua, la línea que separa la producción campesina de los ecosistemas estratégicos nunca ha sido nítida.

Por años, los agricultores han cultivado en la alta montaña entre regulaciones restrictivas, incertidumbre jurídica y ausencia de políticas claras que reconozcan su rol en el territorio.

Ese escenario podría empezar a cambiar con la decisión del Gobierno nacional de modificar la Resolución 261 de 2018, norma que define la Frontera Agrícola Nacional.

Según el Ministerio de Agricultura, el ajuste reconoce por primera vez la producción campesina de bajo impacto en ecosistemas de alta montaña como parte legítima de la planificación agraria, y no como una actividad necesariamente incompatible con la conservación.

En un comunicado del Ministerio de Agricultura se mencionó que el 5 de octubre de 2024 la jefe de esta cartera, Martha Carvajalino; y la entonces ministra de Ambiente, Susana Muhamad, firmaron el Acuerdo de Pasca con comunidades campesinas de alta ladera y páramo.

El documento de ocho puntos va desde la consolidación de Zonas de Reserva Campesina, como figuras de ordenamiento agrario con dimensión ambiental, hasta el reconocimiento del campesinado como sujeto de derechos ambientales.

Para el Gobierno, se trata de un “punto de inflexión histórico” que integra la política agraria con la justicia ambiental y social.

La modificación a la Resolución 261 de 2018 se centra en tres artículos clave:

  • Artículo 3: Incorpora la agricultura campesina, familiar y comunitaria (ACFC) dentro de las áreas reconocidas en la frontera agrícola, alineándose con el artículo 64 de la Constitución —reformado en 2023— que reconoce al campesinado como sujeto de especial protección con dimensión ambiental.
  • Artículo 6: Reafirma que la frontera agrícola es un instrumento de planificación nacional, dinámico y no equivalente a restricciones prediales, lo que la convierte en una referencia flexible para coordinar políticas agropecuarias y ambientales.
  • Artículo 8: Establece que la frontera agrícola debe ser un insumo transversal para todos los instrumentos de ordenamiento y desarrollo rural, articulándose con el Sistema Nacional de Reforma Agraria.

En palabras del Ministerio, esta reforma “eleva la frontera agrícola a un verdadero instrumento de planificación productiva y de reconocimiento territorial del campesinado”.

Las críticas: vacíos técnicos y riesgos ambientales

Sin embargo, el anuncio oficial no ha estado exento de controversia. Actores políticos y ambientales han señalado que la propuesta deja vacíos en la delimitación cartográfica, abre la puerta a interpretaciones laxas y podría generar tensiones con normas ambientales vigentes.

En un artículo publicado el pasado 25 de septiembre por el portal lasillavacia.com, y titulado ‘Propuesta de Minagricultura de frontera agrícola genera dudas ambientales’, se hace un análisis a partir del anuncio hecho por la ministra Carvajalino.

La Silla Vacía lo plantea de la siguiente manera:

“Algunos actores relevantes y expertos, como la Representante a la Cámara, Julia Miranda y Rodrigo Botero, director de la Fundación para la Conservación y el Desarrollo Sostenible (FCDS), afirman que el proyecto pone en riesgo el ambiente”.  

Estos son sus argumentos:

– Según Miranda, el proyecto no incluye una representación cartográfica que permita identificar dónde van a quedar las áreas que serán parte de la frontera agrícola y si se traslapan con áreas protegidas o de conservación ambiental. 

– El proyecto declara que las áreas que se encuentren en zonas de muy alta amenaza por movimientos en masa, pero en las que ya se estén llevando a cabo actividades de mitigación y prevención, podrán ser declaradas frontera. 

– Según el proyecto, se declararán frontera las áreas donde haya actividades de pesca comercial. Sin embargo, a Miranda le preocupa si las áreas donde se realiza pesca ilegal en el Sistema Nacional de Áreas Protegidas podrían ser declaradas Frontera. 

– Miranda enfatiza en la normatividad, como la Ley 2 de 1959 y la Ley 930 de 2018, que prohíbe realizar actividades agrícolas en páramos y parques naturales y que obliga que en Zonas de Reserva Forestal debe realizarse una sustracción, quiere decir, sacar las áreas de la Zona de Reserva, para poder cultivar.

– Según Botero, “El desarrollo de actividades de agricultura sostenible no es una fórmula mágica para todos los ecosistemas; hay algunos cuya única posibilidad es su preservación y restauración”.

– Miranda afirma que el proyecto solamente duró 11 días hábiles en consulta pública, siendo este tiempo “insuficiente” según lo establecido en las normas y tampoco contó con la participación de todos los posibles actores involucrados. 

Miranda y otros congresistas, como Angélica Lozano, miembros de ONGs, académicos y organizaciones sociales, enviaron una carta al MinAmbiente y al Sistema Nacional Ambiental para conocer su posición al respecto. También enviaron una carta al Ministerio de Agricultura para que resuelva las dudas sobre las implicaciones ambientales. 

Implicaciones para Boyacá

En Boyacá, donde se concentran importantes complejos de páramo como Pisba, El Cocuy, Tota – Bijagual – Mamapacha, Rabanal e Iguaque–Merchán, entre otros, la decisión reaviva un debate de fondo: ¿cómo armonizar la permanencia campesina en la alta montaña con la protección de las fuentes de agua que abastecen a millones de personas?

Las comunidades campesinas han reclamado históricamente seguridad jurídica y reconocimiento para prácticas agrícolas de bajo impacto, mientras que organizaciones ambientales alertan sobre los riesgos de actividades productivas en zonas ecológicamente estratégicas.

La modificación de la frontera agrícola podría ofrecer un marco para ese diálogo, pero su eficacia dependerá de la precisión técnica, la participación local y la coordinación interinstitucional.

La nueva frontera agrícola no zanja por sí sola el conflicto entre producción y conservación. Más bien, abre un escenario donde las políticas agrarias y ambientales deberán encontrarse en el terreno: en las montañas, entre cultivos y frailejones, allí donde la frontera no es solo normativa, sino profundamente social y ecológica.

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