La Resolución 00335 de 2022 deja en firme una Licencia Ambiental de Exploración de gas y petróleo que permitirá la introducción de un nuevo uso del suelo en territorios donde el déficit de agua y las actividades mineras subterráneas y a cielo abierto ya son causa de conflictos. Esta nueva actividad industrial probablemente intensificará esos conflictos y creará nuevos, especialmente porque varias comunidades del área de influencia perciben dicha licencia como una imposición.
A esas comunidades no les han contado sobre los impactos negativos de la industria petrolera: ellas ya los conocen de primera mano gracias a las distintas exploraciones sísmicas terrestres que han padecido, donde usando dinamita y geófonos obtuvieron datos del subsuelo, y por cuyas afectaciones muchos campesinos y mineros de carbón una década después aún reclaman que nunca fueron compensados, o tan siquiera escuchados.
Las comunidades del área de influencia se pronunciaron en contra de la industria petrolera oponiéndose a la exploración sísmica, negándose a participar en la elaboración del Estudio de Impacto Ambiental, y luego manifestando públicamente su preocupación y rechazo sobre el proyecto COR15 durante la Audiencia Pública Ambiental presidida por la ANLA.
Aunque la participación ciudadana en oposición a COR15 durante la Audiencia no tuvo el efecto esperado en la decisión final de la ANLA, al menos logró que al proyecto le fuera impuesta una Zonificación de Manejo que en los mapas no dejó lugares que puedan ser intervenidos sin algún tipo de restricción, como puede evidenciarse en el Concepto Técnico que fundamenta el otorgamiento de la licencia ambiental.
La Zonificación de Manejo sin embargo evidencia un gran problema, y es que se genera a partir de una lectura cartográfica incompleta de las áreas a intervenir. Por ejemplo, en el componente hidrogeológico hubo cientos de nacimientos de agua que no fueron incluidos en el Estudio de Impacto Ambiental, y en el componente arqueológico se evidenció la ausencia de varios sitios debido a que la línea base la establecieron sin una prospección en campo.
Si un nacimiento de agua o un sitio arqueológico nuevo se incluye en las bases de datos de la ANLA, la Zonificación cambiará, y esto hará más extensas las Áreas de Intervención con Restricciones y las Áreas de Exclusión para la perforación exploratoria de pozos y para la instalación de la infraestructura asociada.
Surgen dos incógnitas: 1) ¿Maurel & Prom respetará la Zonificación?, y 2) ¿Actualizará y reportará oportunamente a la ANLA los elementos de exclusión no identificados en la línea base de su Estudio de Impacto Ambiental? Sin duda ambas son responsabilidad legal del titular de la licencia, y de la misma ANLA cuando haga las visitas de control y seguimiento al proyecto.
El conocimiento cartográfico parcial e incompleto de los territorios derivó en una decisión gubernamental que expandió las fronteras del extractivismo en los Andes boyacenses, y ahora mismo es una fuente de poder para la petrolera que llegó, y seguramente, también para las que están por venir. Las comunidades afectadas de Betéitiva, Tasco, Busbanzá y Corrales tendrán que decidir sus estrategias para enfrentar la imposición de esta licencia ambiental: ya sea por las vías de hecho, o las de derecho.
Quizás plasmar su conocimiento territorial local en un lenguaje cartográfico podrá contribuir al fortalecimiento de sus estrategias, pues como escribió Karl Offen en 2009: «O mapeas o te mapean». El Control y Seguimiento del proyecto COR15 y una Zonificación de Manejo más apegada a la realidad de sus territorios dependerá en buena parte de ello.
* Nicolás Vargas-Ramírez, candidato a Doctor en Geografía – Universidad Nacional Autónoma de México – Investigador Junior – Grupo de Investigación Conflicto, Región y Sociedades Rurales.