El 7 de julio pasado la Sección Tercera del Consejo de Estado tomó la decisión de negar las pretensiones de una demanda que buscaba anular las normas expedidas por el gobierno nacional que permiten el fracking en Colombia.
El Tribunal desestimó los argumentos en contra del Decreto 3004 de 2013 y de la Resolución No. 90341 de 2014 expedidas por la administración del presidente Iván Duque
En el recurso legal se planteaba que dichas disposiciones administrativas autorizaban la técnica del fracturamiento hidrúlico o fracking, y por su alcance representan un riesgo para” los recursos naturales y la salud humana, animal y vegetal, en tanto contienen reglas que resultan insuficientes o no idóneos para evitar o mitigar estas consecuencias eventualmente dañinas».
El Consejo de Estado no acogió esta exposición de motivos y desestimó que tanto el Decreto 3004 de 2013 como la Resolución No. 90341 violen el principio de precaución, y se refirió a ellos como disposiciones técnicas. A su juicio tampoco se comprobó que “sean arbitrarias, inadecuadas o irrazonables para mitigar los riesgos de la actividad regulada».
¿Qué es el principio de precaución?
De acuerdo con lo expuesto por el Observatorio Ambiental de Bogotá, el principio de precaución es un concepto que respalda la adopción de medidas protectoras ante las sospechas fundadas de que ciertos productos o tecnologías crean un riesgo grave para la salud pública o el medio ambiente, pero sin que se cuente todavía con una prueba científica definitiva de tal riesgo.
El Observatorio complementa su explicación señalando que el principio de precaución en materia ambiental se distingue del principio de prevención porque el primero exige tomar medidas que reduzcan la posibilidad de sufrir un daño ambiental grave a pesar de que se ignore la probabilidad precisa de que éste ocurra, mientras que el principio de prevención obliga a tomar medidas dado que se conoce el daño ambiental que puede producirse.
Rechazo a la decisión
El Colectivo Colombia Libre de Fracking expresó su preocupación por la decisión del Consejo de Estado. En su opinión este desconoció el principio de precaución en materia ambiental y el riesgo de daño grave e irreversible que representa esta técnica experimental para el ambiente, la salud y la integridad humana.
Insistieron en que es una decisión contraria al concepto de la Procuraduría General y a un peritaje realizado por la Universidad Nacional que demostraron la insuficiencia de las normas demandadas.
Desde el Colectivo manifestaron además que el Consejo de Estado desechó varios testimonios de peso, entre ellos los de la Comisión de Expertos conformada por el Gobierno, los cuales evidencian incertidumbre científica y la necesidad de aplicar el principio de precaución.
“Esta decisión resulta peligrosa en el contexto de la crisis climática y abiertamente incoherente frente a los compromisos internacionales adquiridos por Colombia, y eleva el riesgo que la implementación del fracking está generando a los defensores y defensoras ambientales del Magdalena Medio, un territorio que ha sufrido más de un siglo de explotación petrolera y violencia armada”, expresaron los integrantes del Colectivo Colombia Libre de Fracking en un comunicado.