La comunidad ha denunciado desde 2014 la presencia de hidrocarburos en sus predios.

ANLA ordenó audiencia pública ambiental en San Luis de Gaceno

La entidad evidenció incumplimientos de la petrolera Nikoil Energy denunciados por la comunidad desde 2014.

Once años después de que la familia Ávila advirtiera la presencia de afloramientos de hidrocarburos en su finca de la vereda Caño Grande, en San Luis de Gaceno, y denunciara el impacto de estas emanaciones en sus pastos y en las fuentes de agua de las que bebía su ganado, por fin la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA) autorizó la realización de la Audiencia Pública Ambiental para escuchar a la comunidad y tomar decisiones sobre las infracciones de Nikoil Energy.

Luego del hallazgo del primer afloramiento vino la localización sucesiva de nuevos puntos de drenaje en otros predios de la zona. La sorpresa y la preocupación para los habitantes de Caño Grande, Río Chiquito y Horizontes fue mayor cuando junto a las emanaciones líquidas de la sustancia oleaginosa surgieron exhalaciones de gas.

Entre Corpochivor, la autoridad ambiental regional, y la comunidad se habían inventariado hasta finales del mes de marzo pasado 13 puntos de afloramiento de sustancias líquidas y 10 gas, un crecimiento significativo que ha golpeado la vida y la economía de los campesinos de la zona, como lo ha señalado en reiteradas ocasiones la Veeduría Ambiental.

A pesar de las evidentes consecuencias, de las inspecciones de funcionarios de la ANLA y de la Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH), de las visitas de la Procuraduría Ambiental y de la exposición de la problemática en diversos escenarios, no había sido posible que la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales acogiera la petición de los afectados para convocar a la Audiencia Púbica Ambiental con el objeto de determinar la responsabilidad de Nikoil Energy.

Finalmente, la ANLA aceptó el requerimiento a partir de una solicitud planteada el 17 de septiembre de 2024 por el entonces Secretario de Ambiente de Boyacá, y en ese momento, gobernador encargado del departamento, Fabio Medrano. En aquella ocasión Medrano formuló tres peticiones:

– La primera: realizar una audiencia pública ambiental para escuchar a la comunidad afectada por la emanación sin control de las sustancias asociadas a la actividad petrolera.

– La segunda: que se ordene una visita a las veredas afectadas por los afloramientos.

La tercera: imponer una medida preventiva de suspensión de la licencia ambiental a la petrolera Nikoil Energy Corp. Suc. Colombia.

Los planteamientos de Medrano estaban soportados en los reiterados incumplimientos de la petrolera para acatar las instrucciones de la autoridad ambiental relacionadas con la identificación y el monitoreo de los afloramientos.

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La decisión de la ANLA

El pasado 28 de mayo, a través del Auto. No. 004228 la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales ordenó la celebración de la Audiencia Pública Ambiental en etapa de Seguimiento y Control del proyecto denominado Campo de Producción de Hidrocarburos Medina del cual es titular es la sociedad Nikoil Energy Corp Suc Colombia.

En el documento firmado por la Subdirectora Técnica de Mecanismos de Participación Ciudadana Ambiental, Luz Dary Carmona Moreno, se describe que este Campo de Producción Medina extiende su área de influencia en jurisdicción de los municipios de San Luis de Gaceno, Boyacá; Sabanalarga, Casanare; Paratebueno, Cundinamarca; y Barranca de Upía, Meta.

Dentro de las consideraciones jurídicas expuestas en el Auto, la señora Carmona Moreno asegura que se identificaron incumplimientos reiterados de Nikoil Energy a requerimientos efectuados mediante el Auto No. 11552 del 29 de diciembre de 2023, referidos a obligaciones de seguimiento ambiental que no han sido debidamente soportadas, deficiencias en el manejo de residuos y aguas residuales, ausencia de información completa frente a aspectos requeridos por la Autoridad, y la persistencia de eventos críticos como el afloramiento de hidrocarburos sin atención técnica suficiente.

En el Auto. No. 004228 se dispone que Nikoil Energy deberá presentar ante la Dirección General de la ANLA una propuesta logística para la celebración de la Audiencia Pública Ambiental dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a la notificación de este acto administrativo.

Luego de las evaluaciones correspondientes la ANLA expedirá el edicto de la convocatoria con indicaciones sobre la fecha y lugar para su realización. 

«Es un gran logro para nosotros que nos hayan aprobado este espacio, gracias al esfuerzo de la comunidad y a unas pocas entidades que se ha visto con la voluntad de ayudar como el Secretariado de Medio Ambiente, la Procuraduría Ambiental de Boyacá, Corpochivor y la Contraloría de Boyacá», expresó complacido Franklin Mendoza, integrante de la Veeduría Ambiental. 

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