Imagen: institutodelagua.es

Un alcalde sí puede ser sancionado por contaminación ambiental

Así lo confirmó un fallo de la Procuraduría en contra de un mandatario local de Boyacá.

La decisión del ministerio público consideró que el actual alcalde de Cerinza, Luis Carlos Chía Hernández, quien ejerció el mismo cargo entre 2016 – 2019 fue en ese momento negligente para evitar el vertimiento de residuos líquidos provenientes del alcantarillado municipal a las aguas del río Toba.

La información emanada por la Procuraduría General de la Nación señala que, en fallo de segunda instancia, la Sala Disciplinaria de Juzgamiento de Servidores Públicos de Elección Popular sostuvo que el entonces funcionario a pesar de conocer el daño y de haber sido informado de la causa “no realizó ni emprendió acción válida para mitigar y contrarrestar el efecto contaminante sobre los recursos naturales”. 

En opinión del órgano de control, Chía Hernández no solo permitió que se afectara el medio ambiente, sino que también fue negligente frente a los requerimientos que le hizo la comunidad para procurar una solución y así evitar el vertimiento de residuos líquidos sin tratar al río por un periodo de aproximadamente dos años y medio. 

En el pronunciamiento de la Procuraduría se consideró que el proceder abiertamente descuidado del alcalde, en la administración que orientó entre 2016 y 2019, implicó una afectación del interés general por el impacto al saneamiento ambiental y al adecuado cumplimiento de los fines de la administración pública.

Como consecuencia de este comportamiento, el Ministerio Púbico calificó en el fallo el comportamiento de Chía Hernández “como una falta grave cometida a título de culpa grave”. 

Al final de la noticia disciplinaria entregada por la Oficina de Comunicaciones de la Procuraduría se aclara, sin embargo, que el caso del alcalde Luis Carlos Chía Hernández, por su condición de actual mandatario local, fue remitido a las Salas Especiales de Revisión del Consejo de Estado para que ese alto tribunal conozca y tramite el recurso de revisión del fallo proferido.

Ante este escenario la decisión de la Procuraduría de sancionarlo con dos meses de suspensión quedó pendiente hasta resolverse la instancia del Concejo de Estado.

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