Foto: entreojos.co
Proteger las áreas protegidas de los incendios de cobertura vegetal es el reto de las autoridades.

Ojo con los incendios de cobertura vegetal, prevenirlos es responsabilidad de todos 

Su ocurrencia es la principal causa de pérdida de flora y endurecimiento del suelo, y compromete el suministro de agua.

De acuerdo con cifras del Ideam, el 95% de los incendios de cobertura vegetal reportados en Colombia son causados por el ser humano, y este comportamiento está asociado a la deforestación con fines de expansión agrícola y ganadera, y a prácticas tradicionales, aunque lesivas y perjudiciales, como las quemas controladas realizadas en predios rurales con el argumento de mejorar el rendimiento del suelo después de una cosecha.

La evidencia ha demostrado que una quema controlada generalmente se sale de control y cuando esto ocurre provoca daños severos a la capa vegetal, a los pastos, y a las áreas de bosque y de páramo comprometiendo con ello la integridad de ecosistemas estratégicos, la vida de cientos de especies y el bienestar de las cuencas hídricas.      

Es muy común que los incendios de cobertura vegetal también tengan su origen en la incineración de desechos inorgánicos en zonas veredales o de residuos de cosechas, un procedimiento irregular, contemplado como una infracción ambiental. 

Pilar Vega, profesional del área de Gestión del Riesgo de Corpoboyacá, explicó que en el Plan de Acción 2020 – 2023 ‘Tiempo de pactar la paz con la naturaleza’ la entidad incorporó un programa denominado ‘Gestión del riesgo de desastres y crisis climática’ y dentro de él tres proyectos: Conocimiento del Riesgo, Reducción del Riesgo y Lucha contra la Crisis Climática.

“El conocimiento del riesgo apunta a las acciones que permitan generar conocimiento sobre los escenarios de riesgo que se presentan en la jurisdicción de Corpoboyacá que estén relacionados con fenómenos naturales como los incendios de cobertura vegetal”, explicó la funcionaria. Ese conocimiento incluye aquellos hechos generados por la mano del hombre. 

Esta fase de la gestión del riesgo contribuye a identificar las áreas potencialmente en situación de amenaza dada su condición de vulnerabilidad, con especial concentración en zonas de recarga hídrica como los páramos y los bosques. 

Trabajar en equipo

Con este inventario, Corpoboyacá, en cooperación con la Unidad de Gestión del Riesgo de Desastres de Boyacá, los municipios, los organismos de socorro y la comunidad, adelanta acciones de reducción del riesgo mediante la planificación de eventualidades, y acciones de educación y divulgación diseñadas para que todos los actores involucrados en la prevención reconozcan la existencia de los riesgos y se adopten las medidas correspondientes dirigidas a prevenirlos o controlarlos, según corresponda.  

Pilar Vega pidió entender que Corpoboyacá no es la única entidad responsable del control de los incendios de cobertura vegetal, y que en el marco legal de la gestión del riesgo de desastres hay una escala de responsabilidades. Esta comienza con el reporte oportuno del ciudadano o líder comunitario sobre la presencia u ocurrencia de una conflagración. 

A partir de ese momento debe activarse el comité municipal de gestión del riesgo en cabeza del alcalde local, quien, junto con el cuerpo de bomberos voluntarios o de oficiales, con el cual tenga convenio, debe atender el control de la emergencia. 

En caso de ser desbordado por la situación, se debe acudir a los organismos de socorro de las ciudades más próximas. Si las llamas crecen en proporción y amenazan la integridad de comunidades y ecosistemas estratégicos, es perentorio acudir a la Unidad de Gestión del Riesgo del departamento o en su defecto a la Unidad Nacional en caso de requerir apoyo aéreo, por ejemplo.     

El papel de Corpoboyacá como autoridad ambiental es prestar asesoría y acompañamiento en la atención de la situación como parte de una labor conjunta con los organismos de socorro, documentar las características del evento, determinar junto con autoridades judiciales la presunta comisión de acciones delictivas causantes del incendio, y realizar, en coordinación con los municipios, el inventario de afectaciones y el plan de restauración.

Prohibiciones y sanciones

En el Decreto 948 de 1995, que reglamentó parcialmente las leyes 23 de 1973, 2811 de 1974, 9 de 1979, y la Ley 99 de 1993, se establece la prohibición de quema de bosque natural y de vegetación natural protectora en todo el territorio nacional, así como las quemas abiertas “dentro del perímetro urbano de ciudades, poblados y asentamientos humanos, y en las zonas aledañas que fije la autoridad competente”. Tales disposiciones buscan controlar la contaminación atmosférica y la protección de la calidad del aire. 

En el artículo 350 del Código Penal o Ley 599 de 2000 se determina que quien prenda fuego y afecte objetos de interés científico, histórico, cultural, artístico o en bien de uso público será castigado con pena de prisión de dos a diez años y multa de cien a quinientos salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMLV). 

“La pena señalada se aumentará hasta en la mitad si la conducta se cometiere en edificio habitado o en inmueble público, o en establecimiento comercial, industrial o agrícola, o en terminal de transporte, o en depósito de mercancías, alimentos, o en materias o sustancias explosiva, inflamables, asfixiantes o similares, o en bosque, recurso florístico o en áreas de especial importancia ecológica”. 

Además de estos decretos y leyes, en la Ley 1333 de 2009 se establece el procedimiento sancionatorio ambiental que contiene otras disposiciones y a este se suma lo contemplado en la Ley 1930 de 2018 relativa a la gestión integral de los páramos.  

Tipos de incendios de cobertura vegetal 

La Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres recomienda tener en cuenta la tipicidad de los incendios de cobertura vegetal, dado que “no todos los incendios forestales son iguales”. Según su forma de propagación se clasifican en: 

Incendio de superficie 

Son aquellos que se propagan sobre la superficie del suelo quemando la vegetación de poca altura, herbazales y los restos de los árboles secos como los troncos, las ramas caídas y la hojarasca. (Emol, 2014) 

Incendio de copas o aéreos 

También se inician en la superficie, pero en este caso, las llamas o “fuego” avanzan primero sobre el nivel del suelo y se propagan por ascendencia vertical, es decir, quemando la vegetación dispuesta hacia arriba que sirve de combustible en escalera hacia las copas de los árboles. Son los más destructivos, peligrosos y difíciles de controlar, debido a que el fuego consume toda la vegetación. (Emol, 2014) 

Incendio de suelo o subterráneos 

Son los que avanzan quemando la materia orgánica y las raíces existentes por debajo de la superficie del suelo. Son fuegos lentos y casi no desprenden humo, lo que los hace más difíciles de detectar y de apagar, de este modo se percibe como si aparentemente el fuego estuviera controlado o apagado ya que el fuego no se visualiza. La profundidad de combustión de un incendio subterráneo alcanza 1,5 metros. (Emol, 2014) 

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