La minería es una de las principales actividades económicas de Tópaga. Imagen: Alcaldía de Tópaga.

Tribunal ordena suspender la minería legal e ilegal en Tópaga por riesgo geológico y ambiental

La decisión se concentra específicamente en el sector Peña de las Águilas y promete sanciones por incumplimientos.

Un fallo del Tribunal Administrativo de Boyacá ordenó la suspensión inmediata de toda actividad minera, legal o ilegal, en el sector conocido como Peña de las Águilas, en la vereda San José del municipio de Tópaga.

La decisión, emitida el 23 de julio por la magistrada Laura Patricia Alba Calixto, responde a una acción popular interpuesta por la Procuraduría Ambiental de Tunja para proteger los derechos colectivos al ambiente sano, al equilibrio ecológico y a la prevención de desastres.

El Tribunal consideró probada la amenaza por inestabilidad del terreno y fenómenos de remoción en masa, situación agravada por la actividad minera sin control, especialmente en una zona catalogada desde 2009 como de alto riesgo por deslizamientos.

Riesgo latente y omisiones institucionales

La demanda presentada por la procuradora 32 judicial I agraria y ambiental de Tunja, Alicia López Alfonso, documentó una susesión de advertencias ignoradas, estudios técnicos inconclusos y falta de control estatal frente a un territorio donde persisten al menos 31 bocaminas ilegales y un historial de reaperturas clandestinas tras operativos de cierre.

La Agencia Nacional de Minería (ANM), Corpoboyacá y el municipio de Tópaga fueron señalados por omitir acciones contundentes para frenar la explotación en el área, a pesar de contar con informes técnicos desde hace más de 15 años.

Aunque algunas entidades alegaron haber suspendido actividades o no tener responsabilidad directa, el Tribunal concluyó que sí existe una vulneración a los derechos colectivos tanto por acción como por omisión.

Las órdenes del Tribunal

El fallo, de primera instancia, impone una serie de medidas categóricas para el sector de Peña de las Águilas:

  • Suspensión total de la minería (legal e ilegal) en el área delimitada por el Esquema de Ordenamiento Territorial de Tópaga.
  • Elaboración de estudios geotécnicos detallados, con participación del municipio, el departamento de Boyacá y Corpoboyacá.
  • Ejecutar las acciones de estabilización y restauración ambiental derivadas de esos estudios en un plazo máximo de 10 meses.
  • Prohibición de nuevas licencias, contratos o prórrogas en la zona de deslizamiento, salvo que se demuestre técnicamente que no existe riesgo.
  • Realización de operativos bimensuales de control, cierre de bocaminas, destrucción de infraestructura y judicialización de responsables.
  • Socialización comunitaria sobre los riesgos de la minería y las sanciones asociadas a su ejercicio ilegal.

El Tribunal ordenó asimismo la conformación de un comité de verificación integrado por la magistrada ponente, la Procuraduría, la Agencia Nacional de Minería (ANM), Corpoboyacá, el municipio de Tópaga, el departamento de Boyacá y representantes de los mineros vinculados.

Un precedente para la gestión ambiental y minera

Este fallo sienta un precedente clave en la vigilancia judicial sobre los conflictos ambientales asociados a la minería, particularmente en territorios donde los ecosistemas son frágiles y la institucionalidad ha sido débil.

El caso de Peña de las Águilas evidencia cómo la persistencia de la ilegalidad minera no solo pone en riesgo vidas humanas, sino que compromete gravemente el equilibrio ecológico y la seguridad del entorno.

El Tribunal fue enfático en advertir que quienes incumplan la orden de suspensión podrían ser investigados por delitos como explotación ilícita de yacimientos mineros y fraude a resolución judicial, sin perjuicio de otras conductas penales.

El cumplimiento de esta sentencia dependerá ahora de la articulación interinstitucional y del compromiso del Estado para hacerla efectiva, proteger el territorio y garantizar alternativas reales a las comunidades que han vivido históricamente de la minería.

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